Pregunta 448, Reglamentacion - PPL(H) - Licencia de Piloto Privado (Helicópteros)

Niveles de vuelo, para los vuelos que se efectúen a un nivel igual o superior al nivel de vuelo más bajo utilizable o, cuando corresponda, para los vuelos que se efectúen por encima de la altitud de transición.
Altitudes, para los vuelos que se efectúen por debajo del nivel de vu elo más bajo utilizable o, cuando corresponda, para los vuelos que se efectúen a la altitud de transición o por debajo de ella.
Alturas de vuelo, sólo referido respecto al terreno en que encuentre volando.
Las respuestas A y B son correctas.