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441 - ATPL - De acuerdo con los procedimientos estándar, un piloto debe informar a los controladores que ha recibido la información del ATIS (indicando la letra identificativa correspondiente):

Pregunta 441 - Comunicaciones - ATPL - Licencia de Piloto de Transporte de Líneas Aéreas

Exclusivamente cuando lo solicite el controlador de radar
En el contacto inicial establecido con la dependencia ATS correspondiente (Control de Autorizaciones, Tierra, Torre o Aproximación)
Solamente al abandonar la pista activa
En cada cambio de sector FIR

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