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152 - PPL(A) - Excepto cuando sea necesario para el despegue o aterrizaje, ¿cuál es la altitud mínima que se requiere a un piloto que vuela fuera de las áreas congestionadas?

Pregunta 152 - Derecho aeronáutico y procedimientos ATC - PPL(A) - Licencia de Piloto Privado (Aeronave)

A una altura que permita, si ocurre una falla de motor, no poner en riesgo a personas o propiedades en superficies.
A una altitud de 500 pies sobre la superficie de tierra o agua.
A una altitud de 500 sobre el obstáculo más alto dentro de un radio horizontal de 300 metros.
A una altitud constante de 1000 pies sobre la superficie del agua.

Entrenamiento y simuladores de examen PPL(A) - Licencia de Piloto Privado (Aeronave)