Pregunta 1070 - Restricciones del espacio aéreo - AESA Drones A1-A3

Puedes volar tu UAS libremente por debajo de esos 50 metros de altura AGL sin tener que tramitar la coordinación con la torre, respetando siempre el resto de normas generales de tu Categoría.
Puedes volar a 120 metros porque resides permanentemente allí.
Necesitas presentar un Estudio de Riesgos (EAS) de todas formas.
Necesitas obtener previamente una licencia de piloto de ultraligero.

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