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54 - PPL(H) - Las normas operacionales y medioambientales de EASA establecen que las aeronaves NO deben sobrevolar reservas naturales, parques nacionales o zonas de protección de aves a baja altura. Normalmente, se solicita mantener una altitud mínima sobre estas zonas de:

Pregunta 54 - Procedimientos operacionales - PPL(H) - Licencia de Piloto Privado (Helicópteros)

500 pies AGL.
Al menos 1.000 o 2.000 pies AGL (dependiendo de la carta local), para minimizar el ruido y la perturbación a la fauna.
10.000 pies AMSL.
Están totalmente prohibidas en cualquier nivel de vuelo.

Entrenamiento y simuladores de examen PPL(H) - Licencia de Piloto Privado (Helicópteros)